Canal de Denuncias: Obligaciones Legales para Empresas según la Ley 2/2023
El canal de denuncias se ha convertido en un pilar clave para la transparencia y el cumplimiento normativo en las organizaciones. Con la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937, se establece un marco legal que obliga a muchas entidades públicas y privadas a disponer de un sistema interno que permita denunciar irregularidades de forma segura y confidencial.

📜 ¿Qué es un canal de denuncias?
Es un sistema que permite a empleados, colaboradores, proveedores o cualquier tercero comunicar infracciones legales, conductas irregulares o actos de corrupción dentro de una empresa u organismo, garantizando la confidencialidad, el anonimato (si se desea) y la protección frente a represalias.
🏢 Empresas obligadas a disponer de un canal de denuncias
La Ley 2/2023 establece de forma clara qué entidades están obligadas a contar con un canal de denuncias:
🔹 Empresas del sector privado:
- Empresas con 50 o más empleados.
- Empresas en sectores especialmente regulados, sin importar su tamaño. Entre estos destacan:
Sectores vinculados a la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo:
Las empresas sujetas a la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales, están obligadas a implantar un canal de denuncias, aunque tengan menos de 50 empleados. Esto incluye a:
- Entidades financieras: bancos, entidades de pago, de crédito, etc.
- Aseguradoras y corredores de seguros.
- Auditores, contables externos y asesores fiscales.
- Notarios y registradores.
- Abogados y procuradores (cuando intervienen en operaciones como constitución de sociedades, gestión de fondos, compra de inmuebles, etc.).
- Promotores y agentes inmobiliarios.
- Casinos y empresas de juego.
- Comerciantes de bienes de alto valor, como joyas, obras de arte, vehículos de lujo, metales preciosos, etc.
- Fundaciones y asociaciones que canalicen fondos relevantes.
🔹 Entidades del sector público:
- Administración General del Estado, comunidades autónomas, entidades locales.
- Universidades públicas, organismos autónomos y entidades vinculadas.
- Fundaciones públicas o controladas por entes públicos.
🔹 Otras organizaciones:
- Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que reciban fondos públicos, en cualquier nivel.
📅 Plazos para implementar el canal
- Empresas con 250 o más empleados:
➤ Fecha límite: 13 de junio de 2023. - Empresas entre 50 y 249 empleados:
➤ Fecha límite: 1 de diciembre de 2023. - Entidades del sector público:
➤ Fecha límite: 1 de diciembre de 2023.
✅ Requisitos legales del canal de denuncias
Para cumplir con la ley, el canal debe:
- Permitir denuncias escritas, verbales o anónimas.
- Garantizar la confidencialidad del informante.
- Contar con un responsable del sistema interno de información.
- Notificar el acuse de recibo en 7 días y resolver en un plazo máximo de 3 meses.
- Proteger al denunciante frente a cualquier represalia o discriminación.
⚖️ Sanciones por incumplimiento
Las multas por no disponer del canal de denuncias, o por gestionar mal las comunicaciones recibidas, pueden ser elevadas:
- Infracciones leves: hasta 10.000 €.
- Infracciones graves: hasta 600.000 € (personas jurídicas).
- Infracciones muy graves: hasta 1.000.000 €.
🛠️ ¿Cómo implantar un canal de denuncias?
Existen dos vías:
- Internamente, desarrollando un canal propio, asignando un responsable y asegurando el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales.
- Externamente, contratando proveedores especializados que ofrecen plataformas digitales seguras, confidenciales y adaptadas a la Ley 2/2023.
🧭 Conclusión
Contar con un canal de denuncias no solo es una exigencia legal, sino también una buena práctica empresarial que refuerza la ética, previene riesgos legales y mejora la reputación corporativa. Si tu empresa aún no ha cumplido con esta obligación, es momento de actuar….
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