La campaña de la Declaración de la Renta 2024-2025 en España comenzó el 2 de abril de 2025 y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025. Durante este período, los contribuyentes deben informar a la Agencia Tributaria sobre los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal 2024. A continuación, se detallan las principales fechas, novedades y pasos para realizar correctamente la declaración este año.

Fechas clave de la campaña
- Presentación por Internet: desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025.
- Atención telefónica: del 6 de mayo al 30 de junio, con cita previa que puede solicitarse del 29 de abril al 27 de junio.
- Atención presencial en oficinas: del 2 de junio al 30 de junio, con cita previa disponible del 29 de mayo al 27 de junio.
- Último día para domiciliación bancaria: 25 de junio, si la declaración resulta a pagar.
Novedades en la Renta 2024-2025
- Límite de ingresos para declarar: se eleva a 15.876 euros anuales para quienes tengan más de un pagador, siempre que el segundo y siguientes superen los 1.500 euros en total.
- Reducciones en alquileres: se aplican nuevas reducciones en los rendimientos netos del capital inmobiliario para contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023, especialmente en zonas de alta demanda o cuando el arrendatario es joven o una administración pública.
- Deducción por donativos: se incrementa al 80% para los primeros 250 euros donados.
- Incentivos para vehículos eléctricos: se introduce una deducción del 15% del valor de compra de vehículos eléctricos nuevos adquiridos entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
- Declaración de criptomonedas: se establece una casilla específica para declarar ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de operaciones con monedas digitales.
- Nuevas formas de pago: se habilita la opción de pagar impuestos mediante tarjeta o Bizum.
🧾 ¿Quiénes están obligados a declarar?
- Contribuyentes con ingresos superiores a 22.000 euros anuales de un único pagador.
- Aquellos con ingresos superiores a 15.876 euros anuales provenientes de dos o más pagadores, siempre que el segundo y siguientes superen los 1.500 euros en total.
- Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), independientemente de sus ingresos.
🛠️ Cómo presentar la declaración
- Acceso a Renta WEB: a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando Cl@ve PIN, certificado digital, DNI electrónico o número de referencia.
- Consulta y modificación del borrador: verifica tus datos fiscales y realiza las modificaciones necesarias.
- Presentación: una vez conforme, presenta la declaración por Internet, por teléfono o presencialmente, según tu preferencia
📄 Documentación necesaria
- DNI del declarante y de los miembros de la unidad familiar.
- Número IBAN de la cuenta bancaria.
- Referencias catastrales de los inmuebles en propiedad o alquiler.
- Justificantes de ingresos y retenciones (nóminas, certificados bancarios, etc.).
- Documentación que acredite deducciones aplicables (donativos, alquiler, eficiencia energética, etc.).
🧓 Aviso para jubilados
La Agencia Tributaria ha recomendado a los jubilados que realizaron aportaciones a antiguas mutualidades que esperen hasta el 20 de abril para presentar su declaración. Esto se debe a que la Seguridad Social ha remitido recientemente la documentación necesaria sobre dichas aportaciones, lo que ha generado un retraso en la incorporación de estos datos al sistema fiscal.
En Gestoría Mahillo hacemos tu declaración de la renta por ti, sin líos ni estrés. Tú solo tráenos la documentación, del resto nos encargamos nosotros.