Subvenciones del Programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid –

Ayudas e incentivos para el empleo en la COMUNIDAD DE MADRID

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en estas líneas de subvención los trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en las normas reguladoras.

No podrán acogerse a las ayudas de esta línea de subvención:

las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica propia, excepto sucursales u otro tipo de establecimientos con autonomía de gestión que compartan la personalidad jurídica de la entidad principal o matriz radicada en España.

Requisitos de las personas contratadas

Ser personas desempleadas y hallarse inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid el día inmediatamente anterior a su contratación.

Esta inscripción en la oficina de empleo no será exigible a las personas retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid.

Cumplir con los requisitos de edad y demás condiciones establecidas para cada uno de los colectivos subvencionables en el momento de la formalización de la contratación:

Persona desempleada mayor de 30 años, que pertenezca a uno de los siguientes colectivos:

Personas desempleadas de larga duración.

Personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid.

Personas desempleadas de edad comprendida entre 45 y 54 años, ambos inclusive.

Personas mayores de 30 años que sean desempleadas de muy larga duración.

Personas mayores de 45 años que sean desempleadas de larga duración.

Personas mayores de 55 años.

Personas desempleadas que desempeñen su labor en municipios rurales de la Comunidad de Madrid de menos de 5.000 habitantes.

Requisitos de las contrataciones:

El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.

Las contrataciones deberán formalizarse por escrito en el modelo de contrato establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal y la persona contratada deberá haber sido dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud.

Las personas o entidades beneficiarias deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

Tener domicilio social y fiscal en territorio español.

Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como al corriente de pago de las cuotas a la mutualidad profesional en el supuesto de profesionales colegiados.

No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.

Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales de acuerdo a lo establecido en la normativa reguladora.

No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones Ley 38/2003.

anexo cuadro resumen acciones subvencionables pdf-Gestoría Getafe Madrid

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